28 jul 2012

Ciudadanía y Democracia



 

Aquí les comparto un pequeño escrito personal sobre la Ciudadanía y la Democracia.

  •  LA CIUDADANÍA

¿Qué es la ciudadanía? ¿Qué significa ser ciudadana o ciudadano? Existen, según Jelin, tres ejes claves de debate sobre ciudadanía: En primer lugar, el debate ideológico que intenta definir la naturaleza de los “sujetos” que se van a considerar ciudadanos. Este eje se refleja en la visión liberal-individualista que revisa la relación entre sujeto individual y sujetos colectivos. En segundo lugar, el debate teórico que examina el contenido de los derechos del ciudadano. Aquí se pregunta por derechos “universales” y se trata de aclarar la relación entre derechos humanos, civiles, políticos, económico-sociales, colectivos y globales. En tercer lugar, el debate político determina las responsabilidades y compromisos inherentes a la relación ciudadanía-Estado, es decir, las obligaciones o deberes ligados a la ciudadanía.[1]  Principalmente nos centraremos en el contenido de los derechos del ciudadano.

La ciudadanía como el resto de los conceptos o categorías socio-políticas son parte de un devenir permanente de construcción y cambio. Jelin alerta contra el peligro de identificar la ciudadanía con un conjunto de prácticas concretas –sea votar en elecciones o gozar de la libertad de expresión, recibir beneficios sociales del estado o cualquier otra práctica específica–. [2]

A todo esto podemos definir ciudadanía como aquella oportunidad que posee una persona tanto natural como jurídica, que ocupa un papel en la comunidad de comprender el conjunto de derechos y responsabilidades, cuya práctica constitucional e institucional es dada por el Estado, para construir y fortalecer dicha comunidad, la cual se entiende como un Estado nacional del derecho.



En tanto, que en el concepto clásico moderno de ciudadanía, es entendido como status legal otorgado y reconocido por el Estado, como una estrecha relación a lo territorial. [3]
La ciudadanía es una relación política entre un individuo y una comunidad política, en virtud de la cual el individuo es miembro de pleno derecho de esa comunidad y le debe lealtad permanente (Derek-Heather, 1990).

Entonces, ¿Qué es un ciudadano? Es el ser humano que es miembro de una comunidad sociopolítica, de una sociedad la cual consta de derechos y obligaciones que exige el Estado.

La ciudadanía trae consigo elementos tales como: 

a) La posesión de ciertos derechos y obligaciones en el marco de una determinada sociedad, como anteriormente se mencionaba.
b) La pertenencia a una comunidad política determinada (Estado Liberal) vinculada históricamente a la noción de nacionalidad.
c)  Un conjunto de facultades y derechos específicos que garantizas la participación del individuo en los procesos de toma de decisiones. [4]

Ser ciudadano y ciudadana significa, más allá de las prácticas concretas, tener, por un lado, el derecho de reclamar y por lo tanto salir del plano subordinado. Por el otro, ejercer una “práctica conflictiva vinculada al poder, que refleja las luchas acerca de quiénes podrían decir qué en el proceso de definir cuáles son los problemas sociales comunes y cómo serán abordados.” [5]

Los derechos de los ciudadanos son aquellos derechos que conforman la ciudadanía, los cuales son tan amplios como la propia sociedad, que están definidos en función de sus necesidades y capacidades de expresión y, sobre todo, en la medida en que se cumplan. De nada sirve que estén escritos en la Constitución, en las leyes o en los reglamentos si no se pueden ejercer de manera completa y expedita. 

El ciudadano no es sólo una pieza más del orden económico que deba ser protegido en su salud y educación, como trabajador o consumidor. El ciudadano no es sólo el que de modo abierto puede escoger a quien lo gobierna y, también, cómo se le gobierna. El ciudadano no puede ser rehén de un sistema que falla en preservar incluso su tranquilidad y el derecho a vivir en paz. [6] 

Ferrajoli define a los derechos fundamentales como "todos aquellos derechos subjetivos que corresponden universalmente a todos los seres humanos en cuanto dotados del STATUS de personas", y que el individuo está en la obligación de preservarla a través del Estado liberal, en la que el individuo participa en forma directa o por medio de su representante buscando el bien común para la sociedad del cual es parte; Aristóteles cuando se refiere a la virtud del ciudadano dice: "el buen ciudadano debe tener el conocimiento y la capacidad tanto de obedecer como de mandar. Esta es pues la virtud del ciudadano", que lo diferencia de los no ciudadanos. Al adquirir la ciudadanía, como status legal reconocido por el Estado liberal, la persona humana también adquiere –como señala Bermúdez- "derechos y responsabilidades cuyo ejercicio es garantizado constitucionalmente", asimismo, los ciudadanos adquieren deberes y obligaciones frente a los demás, buscando el bienestar social y el pleno disfrute de sus derechos; sin embargo -Ferrajoli dice- "la ciudadanía, se ha convertido en el último privilegio personal, el último factor de discriminación" lo que a todas luces es contrario a la universalidad de los derechos fundamentales. [7]

En la actualidad, es innegable que la ciudadanía se opone al principio universal de igualdad, en razón de que la ciudadanía se ha dividido, por un lado podemos distinguir ciudadanos que gozan de los derechos fundamentales, sin limitación alguna en el ejercicio de los derechos civiles, políticos, sociales, económicos, culturales y, por el otro ciudadanos que viven limitados de dichos derechos como es el caso de los refugiados, ilegales, inmigrantes entre otros, considerados como no ciudadano más aun excluidos y discriminados en algunos casos no solamente por los funcionarios y servidores públicos, sino también por la misma sociedad, situación por demás absurda en plena era del discurso de la globalización. [8]

Pero, ¿Cómo surgen estos derechos del hombre, de la ciudadanía, derechos de igualdad, los derechos fundamentales? 

Todo surge a raíz de la Declaración de los Derechos del Hombre, la cual fue aprobada por la Asamblea Nacional Constituyente francesa el 26 de agosto de 1789. Es uno de los documentos fundamentales de la Revolución francesa (1789-1799) ya que define los derechos personales y colectivos como universales. Influenciada por la doctrina de los derechos naturales, los derechos del Hombre se entienden como universales, válidos en todo momento y ocasión al pertenecer a la naturaleza humana. 

Actualmente, la ciudadanía, como Estado moderno, se distingue en tres formas: Ciudadanía civil, ciudadanía política y ciudadanía social. La primera hace énfasis principalmente al individuo, las libertades de cada uno, de expresión, de profesar una religión, el derecho a la propiedad y a ser juzgado por la ley, etc. La segunda incluye derechos como el de participar en el ejercicio del poder político, derecho a ser elegido para el desempeño de cargo público, entre otros. Y por último, la ciudadanía social, que consisten en el derecho a gozar de cierto nivel mínimo de vida, de bienestar, y de seguridad económica, etc.

  • LA DEMOCRACIA

La democracia está ligada íntimamente con los derechos humanos, estos son una construcción social, política e histórica de derechos que se forman de un núcleo social, esto es: bajo las condiciones sociales las cuales vive la comunidad, como esta organizada políticamente, cuáles son sus orígenes y costumbres y en donde se ubica, como viven, sus necesidades y mucho mas; estos derechos existen tanto existan seres humanos en virtud de la dignidad que estos poseen y merecen por el solo hecho de serlo.

El Estado democrático de derecho es fundamental en cuando al reconocimiento y defensa de los derechos humanos de los ciudadanos. la democracia es un régimen político destinado a asegurar el gobierno del pueblo, cuya voluntad debe expresarse siempre mediante mecanismos que garanticen al pueblo, configurado en los ciudadanos, el derecho a la participar en la gestión de los asuntos públicos, conforme a los principios de igualdad, libertad, pluralismo y tolerancia. Esa expresión de voluntad puede manifestarse directamente por el pueblo, mediante instrumentos de democracia directa; y además, en el mundo contemporáneo, siempre, mediante la elección de representantes, dando origen a la democracia representativa. Los gobernantes representantes, en ella, siempre tienen que estar sometidos tanto al control del propio pueblo y de sus organizaciones políticas y sociales, como al control por parte de los diversos poderes públicos, asegurando un balance entre ellos. [9]

La democracia no se constituye únicamente en la facultad que tiene el pueblo de elegir a sus gobernantes y el la posibilidad de los ciudadanos de participar activamente en la políticas públicas que diseñen los gobernantes, es mucho más que eso, implica que para hablar verdaderamente de un estado democrático deben confluir por lo menos cuatro principios cruciales: el principio de la limitación y control
del poder, que es la base del estado de derecho con el objeto de garantizar los derechos esenciales y la democracia misma, en segundo lugar el reconocimiento de que la legitimidad popular reside intransferiblemente en el pueblo quien podrá ejercerla de manera directa o indirectamente y el estado debe promover la participación efectiva de los ciudadanos, en tercer lugar el principio de la legalidad, mediante la cual todas las actuaciones del estado deben estar apegadas a la constitución y a las demás leyes formuladas válidamente y como cuarto principio y no menos importante esta la declarativa de los derechos humanos y su garantía mediante el constitucionalismo de los mismos, ello va desde el reconocimiento de la existencia de los mismos, la defensa, protección, y los distintos procesos que han atravesado como la universalización y ampliación progresiva, la constitucionalización e internacionalización, el fortalecimiento de los organismos y acciones judiciales. [3] Pero quizás el aspecto más importante que encierra es el de la necesaria consolidación de los elementos de la democracia representativa como condición indispensable para el funcionamiento de los mecanismos nacionales de protección de los derechos humanos, ya que difícilmente bajo un sistema absolutista sería imposible navegar bajo el umbral de la libertad, la igualdad, el principio de la legalidad y por ende el respeto a los derechos fundamentales.

En conclusión podemos dar una relación fundamental entre la ciudadanía y la democracia, las dos hacen parte de una área de la comunidad, una se fundamenta en los derechos que tiene dicha comunidad de tener derechos, hacerlos valer, de los deberes y obligaciones los cuales tiene que practicar, de la libertad que tiene para hacer el ejercicio; y la otra se basa en la participación de la ciudadanía en los derechos sociales. 

La ciudadanía se construye a través de la participación y del trabajo en un grupo en pos de un objetivo común que sea factible de alcanzarse y proyectarse en otros.

Esto solo puede realizarse bajo un régimen democrático que nos enseña a respetar las diferencias y compartir las cosas que se tienen en común.

Para construir mayor democracia tiene que ser por el camino de la ciudadanía, ya que esta comunidad es la que posee las capacidades, deberes y obligaciones para llevar a cabo una democracia equitativa. Por este camino sale el concepto de ciudadanía democrática.

La experiencia democrática implica una identidad ética en el contexto de la diversidad este planteamiento conduce a reconocer la fragilidad de lo democrático, pues como ninguna otra experiencia social y política, la democracia implica el conflicto como evento cotidiano en el trámite de la singularidad y la comunidad, es decir la ciudadanía y la democracia.

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Bibliografía

[1] JELIN, Igualdad y diferencia: dilemas de la ciudadanía de las mujeres en América Latina. Ágora. Cuadernos de estudios políticos, año 3, Nº. 7: Ciudadanía en el debate contemporáneo, 1997, p. 189.
[2] JELIN, Igualdad y diferencia, págs. 193 y 194.
[3] BAUMAN, PABLO Y ALEJANDRA JARA (2001). E-Goverment y redes electrónicas comunitarias. Entre la Mercantilización y la Politización de las relaciones sociales. Documento de Trabajo Nº 23. Nuevos Paradigmas de Participación Ciudadana a través de las tecnologías de información y comunicación instituto de investigaciones Gino Germain, UBA. Argentina.
[4] GARCIA S., LUKES S. Ciudadanía: justicia social identidad y participación. Siglo XXI España Madrid 1999. Pag.1
[5] JELIN, Igualdad y diferencia, p. 194

[6] BENDESKY, L. Derechos ciudadanos, 2005

[7] FERRAJOLI Luigi, Derecho y Garantías la Ley del más débil, Ed. Trotta, Madrid, 1999.

[8] MAMANI, V. Derechos fundamentales, ciudadanía y Derechos Humanos, 2006

[6] BREWER CARIAS, ALLAN. Mecanismos Nacionales de Protección de los Derechos Humanos. Instituto Interamericano de Derechos Humanos San José, 2005. P.27
[9] BREWER CARIAS, ALLAN. Democracia. Sus elementos y componentes esenciales y el control del poder. Documento elaborado para la obra GRANDES TEMAS PARA UN OBSERVATORIO ELECTORAL CIUDADANO, Instituto Electoral del Distrito Federal, México 2007.
 

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