Aquí les comparto un pequeño escrito personal sobre la Ciudadanía y la Democracia.
- LA CIUDADANÍA
¿Qué
es la ciudadanía? ¿Qué significa ser ciudadana o ciudadano? Existen, según
Jelin, tres ejes claves de debate sobre ciudadanía: En primer lugar, el debate
ideológico que intenta definir la naturaleza de los “sujetos” que se van a
considerar ciudadanos. Este eje se refleja en la visión liberal-individualista
que revisa la relación entre sujeto individual y sujetos colectivos. En segundo
lugar, el debate teórico que examina el contenido de los derechos del
ciudadano. Aquí se pregunta por derechos “universales” y se trata de aclarar la
relación entre derechos humanos, civiles, políticos, económico-sociales,
colectivos y globales. En tercer lugar, el debate político determina las
responsabilidades y compromisos inherentes a la relación ciudadanía-Estado, es decir,
las obligaciones o deberes ligados a la ciudadanía.[1] Principalmente nos centraremos en el
contenido de los derechos del ciudadano.
La
ciudadanía como el resto de los conceptos o categorías socio-políticas son
parte de un devenir permanente de construcción y cambio. Jelin alerta contra el
peligro de identificar la ciudadanía con un conjunto de prácticas concretas
–sea votar en elecciones o gozar de la libertad de expresión, recibir
beneficios sociales del estado o cualquier otra práctica específica–. [2]
A
todo esto podemos definir ciudadanía como aquella oportunidad que posee una
persona tanto natural como jurídica, que ocupa un papel en la comunidad de
comprender el conjunto de derechos y responsabilidades, cuya práctica
constitucional e institucional es dada por el Estado, para construir y
fortalecer dicha comunidad, la cual se entiende como un Estado nacional del
derecho.
En
tanto, que en el concepto clásico moderno de ciudadanía, es entendido como
status legal otorgado y reconocido por el Estado, como una estrecha relación a
lo territorial. [3]
La
ciudadanía es una relación política entre un individuo y una comunidad
política, en virtud de la cual el individuo es miembro de pleno derecho de esa
comunidad y le debe lealtad permanente (Derek-Heather, 1990).
Entonces,
¿Qué es un ciudadano? Es el ser humano que es miembro de una comunidad
sociopolítica, de una sociedad la cual consta de derechos y obligaciones que
exige el Estado.
La
ciudadanía trae consigo elementos tales como:
a) La
posesión de ciertos derechos y obligaciones en el marco de una determinada
sociedad, como anteriormente se mencionaba.
b) La
pertenencia a una comunidad política determinada (Estado Liberal) vinculada
históricamente a la noción de nacionalidad.
c) Un
conjunto de facultades y derechos específicos que garantizas la participación
del individuo en los procesos de toma de decisiones. [4]
Ser
ciudadano y ciudadana significa, más allá de las prácticas concretas, tener,
por un lado, el derecho de reclamar y por lo tanto salir del plano subordinado.
Por el otro, ejercer una “práctica conflictiva vinculada al poder, que refleja
las luchas acerca de quiénes podrían decir qué en el proceso de definir cuáles
son los problemas sociales comunes y cómo serán abordados.” [5]
Los
derechos de los ciudadanos son aquellos derechos que conforman la ciudadanía,
los cuales son tan amplios como la propia sociedad, que están definidos en
función de sus necesidades y capacidades de expresión y, sobre todo, en la
medida en que se cumplan. De nada sirve que estén escritos en la Constitución,
en las leyes o en los reglamentos si no se pueden ejercer de manera completa y
expedita.
El
ciudadano no es sólo una pieza más del orden económico que deba ser protegido
en su salud y educación, como trabajador o consumidor. El ciudadano no es sólo
el que de modo abierto puede escoger a quien lo gobierna y, también, cómo se le
gobierna. El ciudadano no puede ser rehén de un sistema que falla en preservar
incluso su tranquilidad y el derecho a vivir en paz. [6]
Ferrajoli
define a los derechos fundamentales como "todos aquellos derechos
subjetivos que corresponden universalmente a todos los seres humanos en cuanto
dotados del STATUS de personas", y que el individuo está en la obligación
de preservarla a través del Estado liberal, en la que el individuo participa en
forma directa o por medio de su representante buscando el bien común para la
sociedad del cual es parte; Aristóteles cuando se refiere a la virtud del
ciudadano dice: "el buen ciudadano debe tener el conocimiento y la
capacidad tanto de obedecer como de mandar. Esta es pues la virtud del
ciudadano", que lo diferencia de los no ciudadanos. Al adquirir la
ciudadanía, como status legal reconocido por el Estado liberal, la persona
humana también adquiere –como señala Bermúdez- "derechos y
responsabilidades cuyo ejercicio es garantizado constitucionalmente",
asimismo, los ciudadanos adquieren deberes y obligaciones frente a los demás,
buscando el bienestar social y el pleno disfrute de sus derechos; sin embargo
-Ferrajoli dice- "la ciudadanía, se ha convertido en el último privilegio
personal, el último factor de discriminación" lo que a todas luces es
contrario a la universalidad de los derechos fundamentales. [7]
En
la actualidad, es innegable que la ciudadanía se opone al principio universal
de igualdad, en razón de que la ciudadanía se ha dividido, por un lado podemos
distinguir ciudadanos que gozan de los derechos fundamentales, sin limitación
alguna en el ejercicio de los derechos civiles, políticos, sociales,
económicos, culturales y, por el otro ciudadanos que viven limitados de dichos
derechos como es el caso de los refugiados, ilegales, inmigrantes entre otros,
considerados como no ciudadano más aun excluidos y discriminados en algunos
casos no solamente por los funcionarios y servidores públicos, sino también por
la misma sociedad, situación por demás absurda en plena era del discurso de la
globalización. [8]
Pero,
¿Cómo surgen estos derechos del hombre, de la ciudadanía, derechos de igualdad,
los derechos fundamentales?
Todo
surge a raíz de la Declaración de los Derechos del Hombre, la cual fue aprobada
por la Asamblea Nacional Constituyente francesa el 26 de agosto de 1789. Es uno
de los documentos fundamentales de la Revolución francesa (1789-1799) ya que
define los derechos personales y colectivos como universales. Influenciada por
la doctrina de los derechos naturales, los derechos del Hombre se entienden
como universales, válidos en todo momento y ocasión al pertenecer a la
naturaleza humana.
Actualmente,
la ciudadanía, como Estado moderno, se distingue en tres formas: Ciudadanía
civil, ciudadanía política y ciudadanía social. La primera hace énfasis
principalmente al individuo, las libertades de cada uno, de expresión, de
profesar una religión, el derecho a la propiedad y a ser juzgado por la ley,
etc. La segunda incluye derechos como el de participar en el ejercicio del
poder político, derecho a ser elegido para el desempeño de cargo público, entre
otros. Y por último, la ciudadanía social, que consisten en el derecho a gozar
de cierto nivel mínimo de vida, de bienestar, y de seguridad económica, etc.
- LA DEMOCRACIA
La
democracia está ligada íntimamente con los derechos humanos, estos son una
construcción social, política e histórica de derechos que se forman de un
núcleo social, esto es: bajo las condiciones sociales las cuales vive la
comunidad, como esta organizada políticamente, cuáles son sus orígenes y
costumbres y en donde se ubica, como viven, sus necesidades y mucho mas; estos
derechos existen tanto existan seres humanos en virtud de la dignidad que estos
poseen y merecen por el solo hecho de serlo.
El
Estado democrático de derecho es fundamental en cuando al reconocimiento y
defensa de los derechos humanos de los ciudadanos. la democracia es un régimen
político destinado a asegurar el gobierno del pueblo, cuya voluntad debe
expresarse siempre mediante mecanismos que garanticen al pueblo, configurado en
los ciudadanos, el derecho a la participar en la gestión de los asuntos
públicos, conforme a los principios de igualdad, libertad, pluralismo y
tolerancia. Esa expresión de voluntad puede manifestarse directamente por el
pueblo, mediante instrumentos de democracia directa; y además, en el mundo
contemporáneo, siempre, mediante la elección de representantes, dando origen a
la democracia representativa. Los gobernantes representantes, en ella, siempre
tienen que estar sometidos tanto al control del propio pueblo y de sus
organizaciones políticas y sociales, como al control por parte de los diversos
poderes públicos, asegurando un balance entre ellos. [9]
La
democracia no se constituye únicamente en la facultad que tiene el pueblo de
elegir a sus gobernantes y el la posibilidad de los ciudadanos de participar
activamente en la políticas públicas que diseñen los gobernantes, es mucho más
que eso, implica que para hablar verdaderamente de un estado democrático deben
confluir por lo menos cuatro principios cruciales: el principio de la
limitación y control
del
poder, que es la base del estado de derecho con el objeto de garantizar los
derechos esenciales y la democracia misma, en segundo lugar el reconocimiento
de que la legitimidad popular reside intransferiblemente en el pueblo quien
podrá ejercerla de manera directa o indirectamente y el estado debe promover la
participación efectiva de los ciudadanos, en tercer lugar el principio de la
legalidad, mediante la cual todas las actuaciones del estado deben estar
apegadas a la constitución y a las demás leyes formuladas válidamente y como
cuarto principio y no menos importante esta la declarativa de los derechos
humanos y su garantía mediante el constitucionalismo de los mismos, ello va
desde el reconocimiento de la existencia de los mismos, la defensa, protección,
y los distintos procesos que han atravesado como la universalización y
ampliación progresiva, la constitucionalización e internacionalización, el
fortalecimiento de los organismos y acciones judiciales. [3] Pero quizás el
aspecto más importante que encierra es el de la necesaria consolidación de los
elementos de la democracia representativa como condición indispensable para el
funcionamiento de los mecanismos nacionales de protección de los derechos
humanos, ya que difícilmente bajo un sistema absolutista sería imposible
navegar bajo el umbral de la libertad, la igualdad, el principio de la
legalidad y por ende el respeto a los derechos fundamentales.
En
conclusión podemos dar una relación fundamental entre la ciudadanía y la
democracia, las dos hacen parte de una área de la comunidad, una se fundamenta
en los derechos que tiene dicha comunidad de tener derechos, hacerlos valer, de
los deberes y obligaciones los cuales tiene que practicar, de la libertad que
tiene para hacer el ejercicio; y la otra se basa en la participación de la
ciudadanía en los derechos sociales.
La
ciudadanía se construye a través de la participación y del trabajo en un grupo
en pos de un objetivo común que sea factible de alcanzarse y proyectarse en
otros.
Esto
solo puede realizarse bajo un régimen democrático que nos enseña a respetar las
diferencias y compartir las cosas que se tienen en común.
Para
construir mayor democracia tiene que ser por el camino de la ciudadanía, ya que
esta comunidad es la que posee las capacidades, deberes y obligaciones para
llevar a cabo una democracia equitativa. Por este camino sale el concepto de
ciudadanía democrática.
La
experiencia democrática implica una identidad ética en el contexto de la
diversidad este planteamiento conduce a reconocer la fragilidad de lo
democrático, pues como ninguna otra experiencia social y política, la
democracia implica el conflicto como evento cotidiano en el trámite de la
singularidad y la comunidad, es decir la ciudadanía y la democracia.
________________________________________________
Bibliografía
[1]
JELIN, Igualdad y diferencia: dilemas de la ciudadanía de las mujeres en
América Latina. Ágora. Cuadernos de estudios políticos, año 3, Nº.
7: Ciudadanía en el debate contemporáneo, 1997, p. 189.
[2] JELIN, Igualdad y
diferencia, págs. 193 y 194.
[6] BENDESKY, L. Derechos ciudadanos, 2005
[7] FERRAJOLI Luigi, Derecho y Garantías la Ley del más débil, Ed. Trotta, Madrid, 1999.
[8] MAMANI, V. Derechos fundamentales, ciudadanía y Derechos Humanos, 2006
[6] BREWER CARIAS, ALLAN.
Mecanismos Nacionales de Protección de los Derechos Humanos. Instituto
Interamericano de Derechos Humanos San José, 2005. P.27
[9]
BREWER CARIAS, ALLAN. Democracia. Sus elementos y componentes esenciales y el
control del poder. Documento elaborado para la obra GRANDES TEMAS PARA UN
OBSERVATORIO ELECTORAL CIUDADANO, Instituto Electoral del Distrito Federal,
México 2007.
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